El PP quiere que los edificios sanitarios del SES no dejen de pagar el IBI
En una moción instan a la Junta a que retire el apartado 2 del artículo 13 del Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Patrimoniales, Financieras y Administrativas
Redacción
Viernes, 1 de abril 2016, 09:49
El grupo popular municipal ha presentado en el registro del Ayuntamiento una moción instando a la Junta de Extremadura a que retire el actual apartado 2 del artículo 13 del Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Patrimoniales, Financieras y Administrativas.
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Dicho apartado conllevaría la exención del pago de IBI de los edificios sanitarios que el SES tiene en propiedad en la población, lo que supondría que Navalmoral dejaría de percibir 110.808,53 euros anuales.
Los populares dicen en un comunicado que su intención es consensuar la moción con el resto de los grupos presentes en la Corporación Municipal, para lo que se pondrán en contacto con los distintos portavoces para incorporar aquellos aspectos que consideren oportunos al texto presentado.
A continuación publicamos el texto en su totalidad.
Moción del PP
La principal fuente de financiación de las entidades locales son los tributos, primordialmente el Impuesto de Bienes Inmuebles, exigido tanto a particulares como a inmuebles públicos que no estén exentos del mismo.
En concreto, están exentos los inmuebles que sean propiedad del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional, tal y como establece la letra a) del apartado 1 del artículo 62 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (vigente hasta el 30 de Junio de 2017).
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El Gobierno actual de la Junta de Extremadura, de Guillermo Fernández Vara, conocedor de tales exenciones, decidió en el año 2008, mediante la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura otorgar carácter de edificios educativos a todas las dependencias del Servicio Extremeño de Salud, con el único fin de evitar el pago del IBI a los ayuntamientos de nuestra región.
Lo anterior fue informado negativamente por el Ministerio de Economía y Hacienda, en fecha 2 de marzo de 2011, a solicitud de la FEMP, afirmando que los inmuebles exentos deben estar afectos directamente a los servicios educativos, lo que implica que en estos bienes se deben desarrollar de forma efectiva y continuada las actividades propias y típicas de los servicios educativos, para continuar informando que los bienes del Servicio Extremeño de Salud afectos a los servicios sanitarios, aunque puntualmente puedan ser utilizados en todo o en parte para impartir cursos de enseñanzas regladas o no regladas, no están exentos del IBI en virtud de lo dispuesto en el artículo 62.1.a) del TRLRHL, con independencia de que pueda corresponderles la exención potestativa regulada en el artículo 62.3 del mismo texto legal a favor de los centros sanitarios de titularidad pública que estén directamente afectados al cumplimiento de los fines específicos de los referidos centros. Por último, los inmuebles de consejerías de la Junta de Extremadura no afectos directamente a los fines del artículo 62.1.a) del TRLRHAL no están exentos del IBI.
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Por ello, en el año 2012, el Gobierno del Presidente Monago suprimió la disposición 12ª de la citada Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, asumiendo la obligación de pago del IBI de los hospitales y centros sanitarios de la Junta de Extremadura a los municipios extremeños, tanto pasada como futura. En concreto, el Servicio Extremeño de Salud abonó en la pasada legislatura un total de 13.058.323,63 euros, de los cuales 8,5 millones se abonaron en el año 2012 y pertenecía al período 2008-2012, otros 2,1 millones se abonaron en 2013 y, por último, 2,3 millones de euros fueron abonados en el año 2014.
Sin embargo, el cobro de tal tributo por parte de los ayuntamientos vuelve a ponerse en peligro con la redacción actual que la Junta de Extremadura ha realizado para el Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Patrimoniales, Financieras y Administrativas, donde se vuelve a recuperar la consideración de centros educativos para los hospitales y centros de salud de nuestra Comunidad Autónoma, con el único objetivo de eludir el pago del IBI a nuestros ayuntamientos, y a sabiendas de lo contrario a derecho de tal previsión.
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En los últimos días, numerosas voces se han alzado en contra de esta medida. Entre ellas, la del presidente de la FEMPEX, que en declaraciones a los medios de comunicación, se ha manifestado en este mismo sentido, afirmando: Desde la FEMPEX no estamos de acuerdo con que la Junta legisle de forma unilateral causando un grave perjuicio a las haciendas locales
El Grupo Municipal Popular de NAVALMORAL DE LA MATA considera que, de llevarse a cabo, tal modificación supondría un evidente perjuicio económico para los Ayuntamientos extremeños, pues reduciría los ingresos municipales afectando negativamente a la prestación de los servicios municipales y perjudicando a los ciudadanos. Más concretamente, para nuestra localidad, supondría dejar de ingresar 110.808,53¤ anuales.
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Por todo ello, solicitamos al pleno de la Corporación Municipal para su aprobación, el siguiente
ACUERDO
Primero: Instar a la Junta de Extremadura a que retire el actual apartado 2 del artículo 13 del Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias, Patrimoniales, Financieras y Administrativas.
Segundo: En caso de que la Junta de Extremadura no atienda a tal petición, instar a los grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura a que en el trámite de enmienda parciales al Proyecto de Ley consensúen una enmienda al apartado 2 del artículo 13, con el fin de evitar la elusión del pago de tributos por parte de la Junta.
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Tercero: Autorizar a la Alcaldesa a emprender cuantas acciones legales, administrativas y judiciales fueran necesarias para combatir dicho artículo y que fueran competencia del Pleno.
Cuarto: Dar traslado de la presente moción a la Junta de Extremadura, a los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Extremadura, a la FEMP y a la FEMPEX.
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